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Se establece la obligación legal a todas las entidades del sector público, incluyendo las empresas del Estado o sociedades mixtas, de rendir cuenta de manera clara, irrestricta y expedita a la Asamblea Nacional y en particular a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, sobre el manejo financiero, contable, presupuestario y contractual de estas instituciones públicas, bajo los términos, énfasis y requerimientos especiales que se le soliciten.