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El Presidente de la República de los Estados Unidos de Brasil, en uso de la autorización concedida por el art. 3, núm. 1, de la ley n. 2.356, de 31 de diciembre de 1910, resuelve aprobar, para el Archivo Nacional, el reglamento que lo acompaña, suscrito por el Ministro de Estado de Justicia y Asuntos Internos.